Publicado el 23 de dic, 2025

Ver informe de cálculo de tarifa de aseo domiciliario

INFORME DETALLE CÁLCULO TARIFA DE ASEO DOMICILIARIO TRIENIO 2026-2028

 

1.- MARCO NORMATIVO

La determinación de la tarifa de aseo se encuentra regulada por el Decreto Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.  Complementariamente, el Decreto N° 69 del Ministerio de Economía, promulgado el 14 de febrero de 2006, aprueba el reglamento que establece las condiciones generales para la fijación de la tarifa de aseo que las municipalidades cobrarán por el servicio de extracción usual y ordinaria de residuos sólidos domiciliarios. Asimismo, el Decreto Alcaldicio N° 947, de fecha 20 de junio de 2016, de la Municipalidad de Quinta Normal, fija el texto refundido y sistematizado de la Ordenanza sobre Derechos de Aseo, estableciendo la metodología aplicable para el cálculo de la tarifa. Conforme a lo anterior, corresponde que durante el año 2025 se efectúe el cálculo de la tarifa de aseo correspondiente al período 2026-2028.

2.- DEFINICIÓN DEL SERVICIO

El servicio de extracción de residuos sólidos domiciliarios comprende la recolección, transporte y disposición intermedia o final de los desechos generados en viviendas particulares. Este servicio se limita a residuos que no excedan un volumen promedio diario de 60 litros por usuario. Por lo tanto, quedan excluidos aquellos residuos que superen dicho volumen, así como barrido y limpieza de calle, mantención de jardines y aquellos gastos derivados de activades de emergencia.

3.- FORMA DE CÁCULO

La tarifa de aseo que cobran las municipalidades se determina considerando todos los costos asociados al servicio de recolección, transporte y disposición de residuos sólidos domiciliarios. Para calcularla, primero se recopilan datos históricos de los gastos relacionados con el servicio durante los últimos seis años, distinguiendo entre costos fijos (como sueldos del personal, administración, vehículos e inmuebles) y costos variables (operación directa o contratos con empresas privadas).

Estos costos se proyectan para los tres años siguientes, utilizando tasas de crecimiento promedio, eliminando valores extremos para obtener estimaciones más realistas.

La tarifa anual se obtiene dividiendo la suma de los costos fijos y variables proyectados entre el total de usuarios, resultando en una tarifa plana para todos.

Finalmente, la tarifa se convierte a pesos según el valor de la unidad tributaria mensual del mes de junio anterior al año de aplicación.

4.- COSTOS FIJOS

El criterio de clasificación de costos fijos está establecido en el Decreto 69 del Ministerio de Economía promulgado el 14 de febrero de 2006.

4.1.- Gasto en personal

Para la determinación del gasto en personal asociado al servicio de aseo domiciliario, se consideran exclusivamente los funcionarios que desempeñan labores en la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Áreas Verdes y en la Sección Cobranzas, dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas. Inicialmente, se solicitó a ambas unidades la nómina de personal que realiza funciones directamente relacionadas con el servicio de aseo domiciliario, así como el porcentaje de tiempo que cada funcionario dedica a dichas tareas. El detalle de los funcionarios involucrados y la proporción de su dedicación se encuentra consignado en el Anexo N°1. Este procedimiento garantiza que únicamente se contabilicen los costos correspondientes al personal efectivamente asignado al área, asegurando precisión y transparencia en la imputación de gastos.

En cuadro N°1 se muestra el gasto en personal del período, información que fue extraída del sistema de remuneraciones que posee la Municipalidad de Quinta Normal.

 CUADRO N°1

Gasto en personal


4.2.- Otros gastos fijos

La normativa vigente establece que, además del gasto en personal, deben incorporarse todos aquellos costos adicionales necesarios para la prestación del servicio de aseo domiciliario. Entre estos se incluyen el arriendo de impresoras, la adquisición de materiales de oficina, el pago de servicios básicos como electricidad y agua, así como el costo asociado a la incorporación de la tarifa de aseo en la boleta de contribuciones, entre otros conceptos relevantes.  En cuadro N°2 se detallan dichos gastos:

CUADRO N°2

Otros gastos fijos


Para la determinación del costo asociado al servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, se ha adoptado una metodología que garantiza precisión y transparencia en la imputación de gastos. El valor de la factura correspondiente al servicio se divide por doce, lo que permite distribuir equitativamente el costo entre las distintas direcciones municipales involucradas en el proceso. Posteriormente, el resultado obtenido se multiplica por 0,33, coeficiente que representa la ponderación asignada específicamente al Departamento de Servicios Generales y a la Sección Cobranzas. Este procedimiento asegura que únicamente se contabilicen los costos directamente vinculados a las unidades que efectivamente participan en la gestión y supervisión del servicio de recolección, evitando la inclusión de gastos ajenos a la operación principal.

4.3.- Total costos fijos

A partir de la información presentada en los Cuadros N°1 y N°2, se realiza el cálculo del costo fijo total correspondiente al servicio de aseo domiciliario. Estos cuadros contienen el desglose de los gastos asociados, tanto en materia de personal como en otros conceptos relevantes para la prestación del servicio, tales como materiales, servicios básicos y equipamiento. La suma de estos valores permite establecer con precisión el monto global de los costos fijos.

 CUADRO N°3

Total costos fijos


 5.- COSTOS VARIABLES

A continuación se detallan los principales componentes que conforman los costos variables asociados al servicio de extracción de residuos sólidos domiciliarios:

CUADRO N°4

Costos variables


La prestación del servicio de Inspección Técnica fue suspendida a partir del año 2023 debido a inconvenientes en el proceso de licitación gestionado por la Asociación de Municipios Cerro de Renca. Hasta esa fecha, dicho servicio era proporcionado por la empresa Bravo Energy Chile S.A..

Por otra parte, la transferencia y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios está a cargo de la empresa KDM S.A., mientras que la recolección de los residuos es realizada por la empresa Centro de Gestión Ambiental y Servicios Crecer Ltda, la cual obtuvo la adjudicación del servicio mediante el proceso de licitación correspondiente llevado a cabo por la Municipalidad de Quinta Normal.

6.- COSTOS TOTALES

A partir de la información previamente expuesta, se presenta el detalle de los costos totales asociados al Servicio de Recolección de Residuos Sólidos gestionado por la Municipalidad de Quinta Normal. Este desglose incluye tanto los costos fijos como los variables, en pesos y en UTM de cada año:

CUADRO N°5

Costos totales en pesos


CUADRO N°6

Costos totales en UTM


 7.- ROLES DE COBRO

Para determinar el valor del servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, además de considerar los costos fijos y variables asociados a la prestación del servicio, es imprescindible establecer el número de usuarios beneficiarios.

La legislación vigente señala que estos usuarios corresponden al total de propeidades de la comuna más las patentes vigentes, ya que a estos últimos se les incorpora el cobro por derechos de aseo. Es relevante precisar que, en el caso de los roles de los predios ubicados en la comuna de Quinta Normal, se excluyen aquellos que corresponden a bodegas y estacionamientos de edificios de departamentos, así como las patentes clasificadas como MEF, dado que, en general, el titular de la patente coincide con el propietario del inmueble.

CUADRO N°7

TOTAL ROLES

 

 8.- PROYECCIÓN DE GASTOS

La proyección de los costos para el cálculo de la tarifa de aseo se realiza estimando cómo evolucionarán los gastos fijos y variables durante los tres años siguientes. Para ello, se utiliza el promedio de las tasas de crecimiento anual observadas en los últimos seis años, excluyendo valores extremos para obtener una estimación más precisa. Esta metodología permite anticipar posibles aumentos o disminuciones en los costos, asegurando que la tarifa refleje de manera realista las necesidades financieras del servicio en el periodo tarifario correspondiente.

Primero, se obtiene el promedio de los gastos registrados en los últimos años y se calcula cuánto suelen variar esos valores. Después, se eliminan del análisis los años en los que los gastos fueron mucho más altos o mucho más bajos que el promedio habitual. De esta forma, solo se consideran los años que presentan cifras dentro de un rango razonable, lo que permite obtener una estimación más precisa y realista de cómo podrían evolucionar los costos en el futuro. Este procedimiento ayuda a que la tarifa refleje mejor las necesidades reales del servicio y evita que situaciones excepcionales influyan en el cálculo.

En otros términos, se calcula el promedio y la desviación estándar, y aquellos valores que están sobre la suma del promedio y una desviación estándar y bajo la resta del promedio menos una desviación estándar, se eliminan.

 8.1.- Tasa de crecimiento proyectada costos fijos

CUADRO N°8

Tasa de crecimiento costos fijos


La tasa proyectada de crecimiento para los costo fijos resultó negativa, -0,39%.

8.2.- Tasa de crecimiento proyectada de costos variables

CUADRO N°9

Tasa de crecimiento costos variables


La tasa de crecimiento proyectada para los costos variables es de 0,7%.

8.3.- Tasa de crecimiento proyectada de roles

CUADRO N°10

Tasa de crecimiento roles y pantentes


La tasa de crecimiento proyectada para los roles es de 0,3%.

9.- PROYECCIÓN DE COSTOS Y ROLES PERIODO 2026-2028

Con las tasas de crecimiento calculadas se debe establecer los costos del período 2026-2028 teniendo como base los cotos del período 2025, todo lo anterior en UTM:

 CUADRO N°11

Proyección periodo 2026-2028


10.- DETERMINACIÓN DE VALOR CUOTA ANUAL PERÍODO 2026-2028

A partir de la información consolidada en el Cuadro N°11, es posible determinar el valor en UTM de la tarifa de aseo domiciliario que regirá para el período 2026-2028.

El procedimiento consiste en dividir el total de costos proyectados para dicho periodo, expresados en UTM, por el total de roles considerados en el mismo intervalo.

De acuerdo con los datos, la fórmula aplicada es la siguiente:

Tarifa período 2026-2028 = Costos totales período en UTM / Total roles período
130.633,44 / 134.756 = 0,969 UTM

Este resultado refleja un incremento respecto de la tasa vigente, que se encontraba fijada en 0,902 UTM, representando un alza del 7,4%. Al convertir estos valores a pesos, utilizando el valor de la UTM correspondiente al mes de junio de 2025, se observa un aumento real de $4.609.- en la tarifa.

11.- VALOR CUOTA AÑO 2026

Para el año 2026, el valor de la tarifa anual de aseo domiciliario se determina multiplicando la tasa fijada para el período, equivalente a 0,969 UTM, por el valor de la Unidad Tributaria Mensual (UTM) correspondiente al mes de junio de 2025, que asciende a $68.785.

 De este modo, el valor de la cuota anual para el año 2026 alcanza los $66.653, cifra que representa un incremento respecto de la cuota anual vigente, la cual era de $62.044.

El pago de la tarifa anual de aseo domiciliario se realiza en cuatro cuotas iguales, distribuidas a lo largo del año en los meses de mayo, julio, septiembre y noviembre. Por lo tanto, el monto de cada cuota trimestral para el año 2026 será de $16.663.

Dado lo expuesto se solicita poner en como punto de tabla en la más próxima sesión de Concejo Municipal acuerdo que:

Acuerdo del Concejo Municipal que aprueba la Tarifa de Aseo Domiciliario aplicable en la comuna de Quinta Normal para el trienio 2026-2028, establecida en 0,969 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Para el año 2026, dicha tarifa corresponde a un valor anual de $66.653, el cual se distribuirá en cuatro cuotas trimestrales, a pagar en los meses de mayo, julio, septiembre y noviembre. El monto de cada cuota será de $16.663, exceptuando la cuota de noviembre, que ascenderá a $16.664, conforme al ajuste necesario para completar el valor anual.

Es preciso señalar que los datos y la metodología empleada para la determinación de la tarifa anual de aseo domiciliario serán remitidos al Departamento de Comunicaciones para su publicación en la página web institucional. De este modo, se garantiza el acceso a la información por parte de la comunidad de Quinta Normal, la cual dispondrá de un plazo de 30 días corridos para presentar reparos u observaciones respecto al proceso y los resultados obtenidos.

Sin otro particular, se despide atentamente de Usted,

 

MANUEL CARRASCO FAÚNDEZ

Director de Administración y Finanzas

 

Cualquier observación o duda respecto al cálculo debe dirigirla al correo electrónico manuel.carrasco@quintanormal.cl

 

 

 

 

ANEXO N°1

NÓMINA DE PERSONAL MUNICIPAL QUE INTERVIENE EN SERVICIO DE ASEO DOMICILIARIO

 

 

 

 

 

 

NOTA: El cálculo de costos considera exclusivamente al personal que desempeña funciones efectivas en el área de aseo domiciliario. Por lo tanto, únicamente se computa el tiempo en que dicho personal presta servicios en esta área específica. En caso de que algún trabajador sea trasladado a otra unidad, su costo deja de ser considerado como un gasto directo del servicio de aseo domiciliario.